Los consejos jurídicos siempre son bien recibidos. El testamento es el documento más importante para otorgar seguridad a tus seres queridos y certeza con respecto al patrimonio, lo que lo convierte en una escritura indispensable si se quiere otorgar garantías.
Pero no sólo se trata de redactar el documento, también se debe realizar la repartición de bienes de la mejor manera posible y aquí te compartimos algunos consejos que no debes omitir al realizar tu testamento.
¿Cómo designar a tus herederos?
El primer error es pretender heredar sin conocer el estatus de propiedad del bien. Un claro ejemplo, es cuando se adquiere una propiedad en sociedad conyugal mancomunada.
En este caso, el inmueble pertenece en un 50% al cónyuge y, en dado caso de que se quiera heredar a los hijos, estos poseerán sólo el 50% que pertenecía a la persona que falleció.
Es común que los notarios recomienden establecer al cónyuge como heredero único, esto con el fin de que éste pueda distribuir los bienes a sus hijos o, en caso de que queden intestados, la ley dará prioridad a ellos para adjudicar el bien.
Si la persona que realiza el testamento es propietario único, es recomendable que designe a sus descendientes como herederos, esto con el único motivo de evitar conflictos familiares.
¿Qué es un heredero universal?
Ser heredero universal no es lo mismo que ser heredero único. Un heredero único es denominado como el próximo propietario del bien plasmado en la escritura del testamento, mientras que los herederos universales pueden ser varias personas nombradas.
Por ejemplo, en el hipotético caso de que se herede una casa, si se denomina a una sola persona como sucesora de la propiedad, esta será un heredero único.
En contraparte, si se mencionan a los hijos como herederos de la propiedad en partes iguales, estos serán nombrados herederos universales de la propiedad.
Toma en cuenta este par de consejos en la próxima visita a nuestra notaría. Será de gran ayuda para la redacción de tu testamento.
¿Cuáles son los herederos sustitutos?
Es poco común que se incluya la figura de heredero sustituto en los testamentos, pero esto no lo hace un tema poco importante para considerar en el mismo, por lo que este es uno de los consejos que serán de gran ayuda para ti.
Los herederos sustitutos podrán adjudicar la propiedad si el heredero designado fallece antes de la apertura del testamento o durante el proceso de adjudicación.
Generalmente, el proceso de sustitución se realiza de manera accidentada, con juicios e intermediados, siguiendo el orden de sucesión que estipula la ley: descendencia, ascendencia, cónyuge y familiares directos en ese orden. Es altamente recomendable considerar herederos sustitutos en un testamento, así se reforzará la esencia de certeza en el testamento.
¿Qué pasa si mi matrimonio es una Sociedad Conyugal?
Cuando se redacta el testamento, la sociedad conyugal toma importancia, por lo que este consejo es de vital importancia. Presta atención a lo siguiente.
Es común que el cónyuge pueda quedar desprotegido si se ha optado por el régimen llamado ‘bienes separados’ si no se ha mencionado como heredero en el testamento, algo que no sucede con la sociedad conyugal.
De esta manera, cuando una de las partes decide hacer un testamento, sólo puede referirse a los bienes que le corresponden a él (50%), no a los de su pareja. Algo que es suficiente para evitar problemas jurídicos en un futuro.
Te recomendamos acudir con nuestro notario para esclarecer el estatus legal y de propiedad de los bienes con respecto a la sociedad adquirida en el matrimonio, todo con el fin de proteger al cónyuge en dado caso de que se fallezca o se contemplen más familiares en dado caso de que la pareja comparta la propiedad con el testante.
Después de estos consejos, ¿estás listo para realizar tu testamento? En la Notaría 97 de Valle de Bravo te guiaremos y redactaremos este importante documento. Contáctanos o agenda una cita con nosotros.