Muchas personas en Valle de Bravo creen que pueden adjudicar un inmueble heredado, justo después de que el actual dueño fallece, pero no sucede así. El proceso de sucesión no funciona de esta manera y se necesita del apoyo de un notario para poder hacerlo.
A continuación, detallaremos cuándo se puede realizar este trámite, cuál es el proceso y qué papel juega el notario público.
¿Qué es la sucesión testamentaria?
Se refiere a la sustitución de titularidad de los bienes, derechos y obligaciones de una persona cuando fallece. Éstos serán trasladados a los herederos en las partes que haya detallado en su testamento.
En caso de que no se cuente con un testamento, se complicará y entorpecerá mucho el proceso, ya que se deberá realizar la sucesión mediante un juicio. En dicho juicio, la ley será la encargada de distribuir los bienes como esté estipulado en cada legislatura local.
¿Cuándo puede realizarse la sucesión ante un notario?
Como la ley lo indica, la sucesión podrá llevarse a cabo después del fallecimiento del testador, si todos los herederos son capaces, mayores de edad y no existen discordancias entre ellos. En dado caso de que los hijos herederos sean menores de edad, gozarán de la sucesión una vez cumplan la mayoría de edad.
El notario buscará y dará apertura al testamento, cerciorándose de que éste sea el último que se tramitó. En dado caso de que existan varios testamentos, el que tendrá efectos legales es el último tramitado y firmado por un notario público.
¿Cuál es el proceso para realizar la sucesión con el apoyo de un notario?
Los herederos involucrados en el proceso de sucesión deberán presentarse todos ante el notario público. Una vez en la junta, se dará paso a los siguientes trámites y procedimientos:
- El notario deberá investigar en el Archivo de Notarías y en el Archivo Judicial cuál es el último testamento tramitado.
- Los herederos firmarán un documento en el que se comprometen a respetar la voluntad del testamento.
- Se designa a la albacea estipulada en el testamento y, en dado caso de que no se haya detallado una albacea, se deberá elegir uno entre los herederos.
- Posteriormente, el notario deberá publicar en dos periódicos de circulación nacional lo detallado en los puntos anteriores.
- Para concluir, el notario realizará una segunda escritura en la que se presenta inventario y avalúos de cada uno de los bienes para realizar su adjudicación a los herederos conforme lo haya dispuesto el testador. Al final, asentará esta escritura en el Registro Público de la Propiedad.
¿Quieres saber más sobre el proceso de sucesión? El notario Arturo Santín, titular de la Notaría 97 en Valle de Bravo, podrá atenderte en este y muchos más temas de importancia para tu patrimonio.